Los magistrados deberán decidir en cuatro días si bloquean o no las webs.
La Audiencia Nacional será la encargada de decidir el bloqueo de las páginas web que permitan descargas no autorizadas de archivos protegidos por derechos de autor como películas, canciones o videojuegos. Así lo ha decidido el Gobierno en una nueva maniobra legislativa para tratar de encajar una normativa "antipiratería" que contente a la industria digital y no desate un motín entre el activismo internauta.
La nueva propuesta del Gobierno diseña un "procedimiento mixto administrativo-judicial" que otorga a la Comisión de Propiedad Intelectual, un nuevo órgano dependiente del Ministerio de Cultura, la potestad de iniciar un procedimiento administrativo contra las webs que vulneren los derechos de propiedad intelectual, aunque cede la decisión final a un magistrado de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, que contará con un plazo máximo de cuatro días.
Este procedimiento se iniciará cuando los propietarios de derechos de autor -una productora cinematográfica, una discográfica o el mismo autor de una obra- denuncien ante la Comisión de Propiedad Intelectual a la página que presuntamente está comercializando, almacenando o enlazando sin autorización un archivo suyo, ya sea una película, canciones en formato mp3, un videojuego o un programa de software.
La Comisión entonces estudiará el caso y comprobará si se están infringiendo esos derechos. Acto seguido notificará a la web la denuncia y se abrirá un periodo de alegaciones para los responsables de la página. Una vez estudiadas esas alegaciones, si la Comisión entiende que no son suficientes, notificará oficialmente a la web que desaloje los archivos de los que está haciendo un uso ilícito y le dará un plazo para ello, dando por finalizado el proceso administrativo, que puede prolongarse "el tiempo que sea necesario", según señaló ayer la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde. Expertos consultados por este diario indican que, a tenor de otros procedimientos administrativos, el plazo de esta primera etapa, puede superar los tres meses, lo que añade un matiz garantista a la "agilidad" de la que habla el Gobierno.
Finalizada esta fase, la Comisión pedirá al juez de la Audiencia el bloqueo de la web y el magistrado, tras escuchar a las partes, tomará su decisión en cuatro días. El auto del juez de la Audiencia no entrará en el fondo del asunto, sino que se limitará a dilucidar si la Comisión es competente para solicitar la medida y si el cierre de la página no afecta a ningún derecho fundamental, como el de la libertad de expresión, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Ambas partes podrán dilucidar posteriormente el fondo de su querella ante la jurisdicción ordinaria. A efectos prácticos, con esta ley en la mano retirar un estreno como Avatar no será ni mucho menos inmediato, pero se espera que el cierre posterior de la web tendrá efectos disuasorios sobre otras páginas de descargas.
Tras la revuelta digital que causó hace un mes la normativa antidescargas contenida en la disposición final de la Ley de Economía Sostenible, el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero se ha visto en la obligación de modificarla, incorporando un "proyecto de ley complementario para atribuir la competencia de control y autorización previa de los jueces, de manera clara e inequívoca", según aclaró el ministro de Justicia, Francisco Caamaño. El ministro explicó que se ha elegido a la Audiencia Nacional como órgano con competencias en esta materia porque es "muy difícil" saber dónde se aloja la página web que infringe los derechos, lo que obligará a una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La titular del Ministerio de Cultura, la gran instigadora del proyecto, resaltó que con esta regulación sólo se quiere perseguir "a unos cuantos que se enriquecen ilegalmente del trabajo de los demás", en referencia a las páginas de descargas "ilícitas", que cifró en un centenar, aunque no supo aclarar si, por ejemplo, en esta categoría se incluyen webs tan populares como eMule o BitTorrent.
El proyecto no ha hecho más que arrancar. Tras la aprobación por parte del Consejo de Ministros, pasará ahora a manos de los órganos consultivos (Consejo de Estado y Consejo General del Poder Judicial, entre otros), y se remitirá posteriormente al Parlamento para su discusión. Una vez aprobado, será precisa la redacción de un reglamento que regule el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual y su composición, por lo que se estima que hasta después del verano no se habrá completado el proyecto legislativo, y seguramente en este año, no se tramitará ninguna denuncia.
El proyecto del Gobierno, cuya redacción textual, no se conocerá hasta el lunes, abre muchos interrogantes. El primero es que introduce un órgano especial -la Comisión de Propiedad Intelectual- que no existe en ningún otro procedimiento administrativo ordinario, pudiéndose observar un trato de privilegio a los propietarios de derechos de autor frente a otro tipo de derechos.
En segundo lugar, porque si el auto del juez de la Audiencia Nacional no entra en el fondo del asunto, los responsables de las páginas cerradas deberán iniciar un largo proceso judicial que, incluso en el caso de que les sea favorable, les puede producir un daño irreparable, sin que esté muy claro quién debería correr a cargo de la indemnización por el cierre (el Estado o el denunciante). Los legisladores deberán hilar muy fino para sortear los escollos de la polémica ley antidescargas.
